Política
23 de Octubre de 2026

Mansilla sostuvo que no podía ser testigo y juzgador en el proceso contra Nebot

Mansilla sostuvo que no podía ser testigo y juzgador en el proceso contra Nebot

Mariano Mansilla, presentó una solicitud formal de excusación y abstención de intervención y voto en las sesiones especiales vinculadas al proceso de juzgamiento del intendente municipal, Matías Nebot.

En la nota, dirigida al presidente del cuerpo deliberativo, Mansilla fundamentó su decisión en razones de imparcialidad institucional y debido proceso. Aclaró que su abstención no responde únicamente al hecho de haber formado parte del gobierno de Nebot, durante el cual se desempeñó como secretario de Gobierno e intendente interino, sino también a una circunstancia que consideró central: fue citado a declarar como testigo ante la Comisión Investigadora que intervino en el expediente.

En ese sentido, sostuvo que existe una incompatibilidad entre haber aportado un testimonio durante la etapa de investigación y participar posteriormente como juzgador en la instancia en la que se analiza la responsabilidad política del intendente. En su presentación, planteó que no corresponde que una misma persona sea testigo de cargo y, al mismo tiempo, intervenga en la valoración de las pruebas y en la decisión sobre una eventual sanción.

Mansilla también recordó que, al momento de conformarse la Comisión Investigadora, había presentado una excusación para no integrar ese órgano, debido a su participación previa en el Departamento Ejecutivo durante el período bajo análisis. Según indicó, aquella solicitud fue aprobada por unanimidad por el Concejo Deliberante.

Otro de los argumentos expuestos se relaciona con su posición dentro de la línea de sucesión prevista por la Ley Orgánica de las Municipalidades, ya que una eventual suspensión o destitución del intendente podría tener consecuencias directas sobre su situación institucional.

En la presentación, el concejal solicitó que su excusación quedara formalmente asentada y que se estableciera el criterio para el cómputo de las mayorías requeridas para resolver el expediente.

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De esta manera, Mansilla fundamentó su decisión en la necesidad de resguardar la imparcialidad del procedimiento y evitar cuestionamientos posteriores sobre la validez de la resolución que adopte el cuerpo deliberativo.

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